El secretario de Gobierno de Agroindustria, Luis Miguel Etchevehere, firmó las resoluciones publicadas en el Boletín Oficial, a través de la cuales se declara el estado de emergencia y/o desastre para las provincias de La Rioja, por efecto del granizo, vientos y fuertes lluvias; Mendoza, por heladas tardías y granizo, y Salta, debido a exceso de precipitaciones. «Con estas medidas buscamos brindar herramientas a las provincias para que los productores puedan minimizar el impacto de los daños causados por las inclemencias climáticas», explicó el titular de la cartera agroindustrial.
La medida, que abarca a la provincia de La Rioja, corresponde a la resolución 199/2018, y declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, a partir del 5 de noviembre de 2018 y hasta el 5 de noviembre de 2019, a los productores frutihortícolas, cuyas explotaciones se encuentren en el Departamento Capital, que hayan sido afectadas por los fenómenos de granizo, vientos y lluvia.
Por otro lado, por resolución 201/2018 se declara en la provincia de Mendoza el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, a partir del día 2 de octubre de 2018 y hasta el 31 de marzo de 2020 para los productores agrícolas cuyas explotaciones hayan sido afectadas por heladas tardías; y desde el 1° de noviembre de 2018 hasta el 31 de marzo de 2020 para aquellos productores agrícolas cuyas explotaciones hayan sido afectadas por granizo, durante el ciclo productivo 2018/2019, que desarrollan su actividad en las zonas afectadas por dichos fenómenos.
Finalmente, por resolución 200/2018 se declara en la provincia de Salta el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1 de octubre de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019, a las explotaciones hortícolas afectadas por el exceso de precipitaciones, que se encuentran ubicadas en la totalidad de la Localidad de Apolinario Saravia y en el Paraje El Tiznao de la Localidad de General Pizarro, ambas pertenecientes al Departamento de Anta.
Los productores que cuenten con el correspondiente certificado de emergencia podrán acceder a diferentes beneficios, previstos en la Ley N° 26.509: impositivos, fiscales y/o financieros.
Fuente: Secretaría de Agroindustria de la Nación.
Twitter
Facebook
G Plus