En el marco de la campa帽a cosecha de ajo (Allium sativum) de la campa帽a 2019/20 la producci贸n debe ser envasada e identificada en un establecimiento de empaque inscripto en el Registro de Empacadores y Establecimientos de Empaque del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentarioa (Senasa), cumpliendo con la Resoluci贸n ex SAGPyA N掳48/98 y la Disposici贸n Senasa N掳139/2006.
En este sentido, tallos y bulbos, tanto para el consumo interno como para la exportaci贸n, deber谩n empacarse en locales o lugares cubiertos, secos, limpios, ventilados, con dimensiones acordes a los vol煤menes a acondicionar y de f谩cil higienizaci贸n, a fin de evitar efectos perjudiciales para la calidad y la conservaci贸n de los productos.
Asimismo, los envases deben ser rotulados o etiquetados en un lugar de f谩cil visualizaci贸n y dif铆cil remoci贸n, consignando los siguientes datos:
-Nombre del producto
-Nombre del cultivar
-Grupo
-Calibre o clase
-Tipo o categor铆a
-Peso neto
-Pa铆s de origen
-Zona de producci贸n
-Fecha de empaque
Tambi茅n se recuerda que el traslado de ajo y otras hortalizas pesadas, debe estar amparado por el Documento de Tr谩nsito Vegetal (DTVe), que permite conocer el origen del producto desde que sale del establecimiento productivo y a lo largo de toda la cadena de comercializaci贸n.
En los empaques, el Senasa interviene regulando su actividad con respecto a la implementaci贸n de Buenas Pr谩cticas Agr铆colas y de Manufactura, y a las exigencias internacionales. Estos establecimientos desarrollan una tarea esencial al momento de la poscosecha del ajo, acondicionando la producci贸n para la comercializaci贸n y luego para el consumo.
El Senasa desarrolla e implementa los sistemas y procedimientos de control, inspecci贸n para la producci贸n nacional e internacional, la certificaci贸n para la importaci贸n y exportaci贸n de ajo respet谩ndose en todos los casos los requisitos fitosanitarios y de inocuidad exigidos.
Fuente: SENASA / MAGyP.
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