El gobierno nacional promulgó las leyes 27.066 y 27.076, las cuales crean los regímenes de Promoción de la Ganadería Bovina en Zonas Áridas y Semiáridas, y el Programa Federal para el Fomento y Desarrollo de la Producción Bubalina (búfalos de agua), que establecen fondos anuales de apoyo a los productores por $100 y $10 millones, respectivamente.
Estas leyes, promulgadas a partir de los decretos 20 y 21, fueron creadas por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, que conduce Carlos Casamiquela.
El secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, Gabriel Delgado afirmó que «es fundamental seguir fortaleciendo el desarrollo de la ganadería en zonas áridas para generar empleo e innovación en lugares que no son favorecidos por las condiciones climáticas», y remarcó «la importancia que esto tiene para muchas de nuestras provincias».
La Ley 27.066 cuenta con un presupuesto de $100 millones y apunta a la creación del Régimen de Promoción de la Ganadería Bovina en Zonas Áridas y Semiáridas en el marco del Plan Federal del Bicentenario de Ganados y Carnes del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación. El objetivo de la misma es lograr la mejora de la productividad y la modernización de los sistemas de producción, transformación y comercialización.
Asimismo, busca incrementar en las zonas áridas y semiáridas de todo el territorio nacional la oferta de productos y subproductos de la ganadería bovina de carne para abastecer adecuadamente al mercado interno y externo, tanto en calidad como en cantidad, mejorando la eficiencia productiva, los sistemas comerciales, de información y la competitividad del negocio de productos y subproductos de las especies bovinas, y preservando los equilibrios ambientales de estas regiones.
Por otra parte, la Ley 27.076 crea un programa, con fondos por $10 millones, para el fomento y desarrollo de la producción de búfalos de agua en todas las zonas agroecológicamente aptas del territorio argentino. El mismo estará destinado a generar y promover políticas ganaderas específicas para la producción y óptimo aprovechamiento del ganado bubalino, en un marco sostenible en el tiempo y que permita mantener, desarrollar e incrementar las fuentes de trabajo y la radicación de la población rural tendiendo a una mejor calidad de vida.
Las acciones productivas alcanzadas por el siguiente régimen son: el incentivo, la formación y recomposición de la hacienda bubalina; la mejora cualitativa y cuantitativa de la producción; la utilización de prácticas y tecnologías adecuadas; la revalorización de los recursos genéticos locales; el fomento a emprendimientos asociativos; el control sanitario; y el apoyo a las acciones comerciales e industriales realizadas preferentemente por el productor, cooperativas y/u otras empresas que conformen la cadena industrial y agroalimentaria bubalina.
Ambas leyes fueron sancionadas por el Congreso nacional en diciembre pasado.
13 de enero de 2015
indicar lugar en CORDOBA donde se cria bufalos