Las condiciones exigidas por la República Popular de China para los establecimientos y el ganado en pie de los cuales deriva la carne de exportación a ese país, según lo establece su Resolución N° 1089/2019.
La normativa, que entró en vigencia el 29 de agosto pasado a partir de su publicación en el Boletín Oficial,determina los requisitos que deben cumplir tanto los establecimientos como el ganado vacuno en pie del cual deriva la carne vacuna para exportación a China en cuanto a trazabilidad, permanencia previa a la remisión a faena y sanidad, para ser aptos para la faena de exportación a ese país.
Previamente a su envío a faena, los bovinos con ese destino deben provenir de establecimientos en los que durante el último año no hayan ingresado animales biungulados desde otras zonas o países fuera de las zonas libres de fiebre aftosa de la República Argentina.
Además, no deben haber registrado casos de lengua azul, enfermedad de Aujeszky, tuberculosis, paratuberculosis, rabia, carbunco bacteridiano o brucelosis (Brucella abortus); ni implementado en los últimos seis meses una zona de restricción o vigilancia a causa de enfermedades de notificación obligatoria, según el Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal OIE y las normas de China y Argentina sobre sanidad animal.
Asimismo, el ganado vacuno en pie del cual se obtiene la carne para exportación a China debe ser nacido, criado y faenado en zonas libres de fiebre aftosa en la Argentina, reconocidas por la OIE, y encontrarse debidamente identificado; permanecer en la explotación o establecimiento agropecuario de origen, un mínimo de 90 días previos a la faena; no haber sido vacunado contra carbunco bacteridiano usando una vacuna viva durante los 14 días previos a su remisión a la faena; y nunca haber sido alimentado con harinas de carne y hueso o con chicharrones derivados de rumiantes, de acuerdo con la normativa vigente.
Para más información, los interesados pueden acceder a las preguntas frecuentes sobre las condiciones establecidas para los establecimientos y el ganado vacuno, considerados como “aptos China”.
Fuente: SENASA / OIE
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