El Ministerio de Agricultura, a través de la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario, continúa con la tarea de fiscalización y facilita a los operadores de granos los trámites contemplando la dinámica de la producción, el comercio y la industrialización de los mismos. En tal sentido la Resolución N°81/2019, producto del trabajo conjunto de la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario y la Administración Federal de Ingresos Públicos, establece las siguientes modificaciones a la 21-E/2017:
-Se implementa para los depósitos mayoristas de harina de trigo, que realicen la actividad de «comprar, vender y/o consignar» harina y subproductos la obligatoriedad de inscribirse en el RUCA, incluyendo a aquellos que no cuenten con un depósito fijo. Esta modificación los obliga a recibir y confirmar el arribo de harina mediante el REH (Remito Electrónico Harinero) que ha sido implementado por la Resolución N° RESGC-2019-4514-E de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la cartera agropecuaria nacional. Dicha normativa entró en vigencia el pasado 1° de octubre, como también en el futuro obligará a estos Operadores a emitir un REH, para entregar la mercadería recibida a los efectos de trazar todo el movimiento de las harinas y sub-productos de trigo industrializado.
-Se crea la figura de trasbordador de carga ferroviaria, con el propósito de bajar los altos costos del trasporte de los granos a los productores, están autorizados a efectuar convenios con el ferrocarril para cargar operativos en distintos lugares, sin la necesidad de contar con un desvío ferroviario para la carga de los granos. Esto posibilita descargar y cerrar el CTG (Código de Trazabilidad de Granos) de las Cartas de Porte de transporte automotor que lleguen al lugar elegido por el productor, y generar desde allí, la Carta de Porte Ferroviaria para amparar el movimiento de los granos al destino final.
-Además se incorpora la categoría de molinos de granos orgánicos, que contempla a aquellas industrias que procesan específicamente granos que provienen de producciones orgánicas certificadas por Senasa u otros organismos competentes.
Estas acciones se enmarcan en el objetivo del Ministerio, a través de la Dirección Nacional Control Comercial Agropecuario, de acompañar a estas empresas que representan un importante nicho en crecimiento y deben regirse por requisitos específicos para cada actividad.
Fuente. MAGyP
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