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05/05/2017

Polémica por el uso de fitosanitarios en frutas y verduras

¿Qué son los límites máximos de residuos? ¿Es inocua una fruta u hortaliza con presencia de estos residuos? ¿Es correcto decir que una fruta u hortaliza con presencia de agroquímicos es tóxica?

Esta semana se planteó la polémica por un estudio de una ONG ambientalista que se refería a la presencia de productos fitosanitarios en altos niveles en frutas y verduras.

Al respecto, el Senasa informó que «no hay riesgo en el consumo de frutas y verduras». A su vez, el máximo organismo de control de calidad y sanidad agroalimentaria difundió conceptos para llevar un poco de luz a la sociedad.

«El Plan de Control de Residuos y Contaminantes en Productos de Origen Vegetal, del Senasa, verifica el cumplimiento de las Buenas Prácticas Agrícolas (BPA) en la aplicación de los productos fitosanitarios en la producción frutihortícola», dijeron.

Cabe acotar que a nivel internacional y nacional se establecen los Límites Máximos de Residuos (LMR) sobre bases científicas. Estos son definidos con un amplio margen de seguridad que contempla su consumo durante toda la vida de una persona y que evita el riesgo para el consumidor aun si, eventualmente, fueran superados.

«Superar un LMR NO constituye un riesgo para la inocuidad alimentaria. En cambio indica el incumplimiento del buen uso del producto fitosanitario en un establecimiento agrícola», dijeron desde Senasa.

Además indicaro que «ante la detección de un caso de superación del LMR en frutas y hortalizas el Senasa realiza un ejercicio de trazabilidad hasta llegar a la finca de origen, en la cual se efectúan acciones correctivas que incluyen la orientación al productor en las Buenas Prácticas Agrícolas».

Asimismo, una detección puede involucrar un agroquímico cuyo uso aprobado no contempla la especie vegetal en la cual se aplicó, conocido como desvío de uso, lo cual es también identificado como una NO CONFORMIDAD en frutas y hortalizas, lo que no implica riesgo para la salud. En este caso, el Senasa también impulsa acciones correctivas.

Paralelamente indicaron desde Senasa que «La Ley 27.233 establece que el productor es el primer responsable por el manejo productivo de su establecimiento, que incluye la correcta aplicación de fitosanitarios en frutas y hortalizas, y las consecuencias (impacto) de las prácticas agrícolas respecto de la inocuidad de los alimentos producidos. En este marco el Estado tiene el rol de controlar o fiscalizar la inocuidad de los productos agroalimentarios».

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