Desde INASE se intimará a los productores por medio de una notificación cuando encuentre una inconsistencia en las declaraciones respecto a la semilla utilizada, y comunicará el incumplimiento a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Aquellos que no justifiquen el origen legal de la semilla no podrán hacer uso de la excepción del art. 27 y dicha información estará disponible para que los obtentores puedan ejercer el derecho que corresponda.
Hasta el momento se efectuaron un total de 2.000 requerimientos y, una vez analizadas las respuestas y la documentación aportada, se remitieron más de 800 comunicaciones a productores que no se encontraban encuadrados en la normativa.
Estas acciones se suman a las actividades de control de comercio regulares que efectúa el INASE, que implican 934 inspecciones, 834 toneladas de semilla intervenida por incumplimiento de la normativa vigente y 117.827 toneladas de semilla constatada.
Particularmente esta campaña de control de uso de semillas, se basada en la información obtenida del Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA). Estas acciones están enmarcadas en las tareas propias de aplicación de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.
Los controles se focalizan en el análisis de la información recaudada sobre la comercialización de semilla de clase fiscalizada, y es comparada con las declaraciones juradas que los productores realizan en el SISA. Por otro lado, en forma aleatoria se toman muestras de granos en camiones, para estudiar el ADN de la semilla.
A partir del análisis y la información complementaria de las declaraciones en el SISA de las variedades sembradas, se iniciaron investigaciones administrativas pertinentes sobre los incumplimientos detectados, principalmente por no contar con la documentación que ampare la adquisición legal de las variedades de semilla utilizadas.
Fuente: INASE
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