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07/02/2017

Nuevas medidas para establecimientos rurales que comercializan con la UE

Desde el Ministerio de Agricultura aseguraron que esto "simplificar谩 y facilitar谩 los tr谩mites". La medida fue publicada en el Bolet铆n Oficial.

El Ministerio de Agroindustria inform贸 hoy que se implementaron nuevos procedimientos para los establecimientos que integran el circuito comercial que provee ganado para faena de exportaci贸n a la Uni贸n Europea (UE) que 芦simplificar谩n y facilitar谩n los tr谩mites禄.

La medida se adopt贸 a trav茅s de la Resoluci贸n 53/2017 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) publicada hoy en el Bolet铆n Oficial.

芦La normativa permite el acceso de animales a la Uni贸n Europea en forma m谩s din谩mica, y mejora la operatividad de los productores y el desarrollo de mecanismos de control acordes al sistema implementado禄, afirm贸 Agroindustria.

La cartera conducida por Ricardo Buryaile indic贸 que 芦el circuito comprende los animales que nacen, se cr铆an, se engordan y se env铆an a faena para exportar su carne a la Uni贸n Europea, donde todos los animales se encuentran identificados y trazados, as铆 como los establecimientos registrados en el Sistema Integrado de Gesti贸n de Sanidad Animal (SIGSA)禄.

芦Esta nueva modalidad simplifica y facilita los tr谩mites que deben realizar los productores, mientras que brinda mayores garant铆as de cumplimiento de los requisitos sanitarios exigidos por la Uni贸n Europea. A su vez, se mantienen y agilizan los controles y requisitos existentes por parte del Organismo para los proveedores de carne a la Uni贸n Europea禄, destac贸.

El ministerio de Agroindustria detall贸 en un comunicado las principales novedades que establece la normativa:

*Mayor disponibilidad de establecimientos aptos para remitir bovinos, bubalinos y ciervos a establecimientos proveedores de bovinos para faena a la UE.

*Se elimina la obligaci贸n de elaborar y declarar la Tarjeta de Registro Individual de Tropa (TRI) de animales desde los campos que abastecen a los Establecimientos Proveedores de Faena a la UE.

*El productor del campo proveedor de faena para UE debe realizar la lectura de los animales al arribo del predio de destino, momento en el cual los animales se incorporan al circuito UE, simplificando el tr谩mite y la operatividad, y minimizando el error humano.

*Los establecimientos que se encuentran inscriptos en el actual registro de proveedores de faena a la UE no deben volver a inscribirse.

*Los nuevos productores que deseen ingresar al registro, deben declarar la totalidad de las caravanas aplicadas sobre los animales del predio y esperar al menos 40 d铆as para enviarlos a faena.

* El registro es por establecimiento agropecuario, por ende, todos los productores que realicen actividad ganadera en el predio deben inscribirse. Asimismo, deben efectuar la inscripci贸n por cada especie animal bovina, bubalina y ciervos existentes.

*Se mantiene la condici贸n de que 煤nicamente pueden enviar animales a faena de exportaci贸n a la UE los establecimientos que se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de Establecimientos Rurales Proveedores de ganado para faena de exportaci贸n a la UE.

 

 

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