El tributarista Alejandro Larroudé afirmó que «el impacto financiero de los saldos de IVA retenidos por el fisco resultan, en muchos casos, problemáticos para las empresas agropecuarias», y advirtió que eso se puede salvar a través de mecanismos como el «contrato de Maquila o de Fasón».
Larroudé señaló en un informe especial que estos instrumentos resultan «convenientes» para los productores agropecuarios que deben sortear los baches que conllevan «los saldos a favor del IVA».
Consideró que el hecho de operar con tasas asimétricas en el IVA, debido a que la mayoría de las ventas agropecuarias son gravadas con una tasa de 10,5% contra una alícuota de 21% respecto de las compras que realiza el sector, hecho que «trae como consecuencia para las empresas la inmovilización de dinero en saldos a favor».
Según Larroudé, este saldo a favor de IVA «se incrementa ejercicio a ejercicio por el hecho de no poder ser utilizado más que a compensar saldos a abonar de IVA de períodos futuros: esto genera pérdida de liquidez (en la empresa agropecuaria) y pérdida ante índices inflacionarios, que hoy son muy considerables«.
El especialista de la firma Barrero & Larroudé comentó que para el productor granario, además de este inconveniente financiero, se le generan saldos inmovilizados de «significativa importancia», ya que refirió «las retenciones de IVA que sufre con sus ventas y la imposibilidad de solicitar certificados de exclusión de retenciones de IVA por la venta de granos».
Respecto a las retenciones de IVA -indicó en un informe realizado para Globaltecnos-, el mecanismo de reintegro previsto en la normativa de AFIP, por la cual se deben depositar las mismas en la cuenta bancaria del productor, a veces no funciona con los plazos previstos en resolución y AFIP demora estos pagos al privado.
Por ello, Larroudé indicó que «para evitar estos inconvenientes financieros existe una alternativa que puede ser interesante de analizar al efecto de no quedar atrapados con ese dinero inmovilizado: esta alternativa se perfecciona con un contrato de Maquila o de Fasón».
Agregó que con este tipo de acuerdos «la empresa agrícola entrega granos al industrial, las plantas lo procesa y entrega el producto industrializado. Entonces ahora la empresa agrícola venderá el producto al 21% y no granos al 10,5%».
«De esta manera -dijo-, la empresa comenzará a recuperar el saldo técnico de IVA acumulado» en favor del privado.
En la Argentina, el contrato de Maquila es un convenio agroindustrial y está regulado por la Ley 25.113 de 1999, que lo define como un acuerdo voluntario por el cual el productor agropecuario se obliga a dar al procesador o industrial cierta cantidad de materia prima.
Esto alcanza a productos tales como carne, leche, madera y granos, entre otros, con la sola excepción del vino que se rige por leyes especiales, además que obtiene el derecho de participar en los productos resultantes en las proporciones que se convengan.
FUENTE: DyN
No está del todo bien explicado…. Osea entrego soja y salgo con una bandeja en la cabeza a vender milanesas de soja???
y si devuelven el iva y el barbeta deja de hacerse el dolobu…?