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23/04/2016

23 de abril: Día del Agrimensor

Esta fecha homenajea al 23 de abril de 1963, cuando la provincia de La Rioja creó por decreto la figura del Agrimensor Oficial Público.

El 23 de abril de 1963, el Pode Ejecutivo de la provincia de La Rioja promulgó el Decreto Ley N°19.955 en el que instituye, por primera vez en nuestro país, la figura del Agrimensor Oficial Público, motivo por el cual  la Federación Argentina de Agrimensores (FADA), mediante resolución especial, instituyó el 23 de abril como «Día Nacional del Agrimensor» en homenaje a este hecho histórico y trascendental para la agrimensura nacional.

¿Qué es un agrimensor y qué hace?

El agrimensor es un profesional que ha recibido los conocimientos universitarios técnicos y legales, siendo éstos teóricos y prácticos, para el ejercicio del arte de interpretar, medir y delimitar superficies de la tierra con tecnología de última generación. Es una disciplina autónoma que estudia los objetos territoriales a toda escala, focalizándose en la fijación de toda clase de límites. Para ellos elabora documentos cartográficos, planos, cartas y mapas, dando publicidad a los límites de la propiedad.

Posee conocimientos jurídico-legales relacionados con los derechos que se corresponden con los inmuebles. El agrimensor realiza las mediciones topográficas y geodésicas, convencionales, satelitales (GPS), fotogramétricas digitales y escaneos láser en 3D, a fin de confeccionar la información territorial y la cartografía requeridas por los gobiernos nacional, provincial, municipal o particular para fijar políticas de Viviendas, Salud, Obras Públicas, Vial, Hidráulica, Energéticas, Ambientales, desarrollos agropecuarios y mineros, y radicación de industrias. También para la fijación de límites provinciales y nacionales. Posibilita los estudios geopolíticos, económicos, sociales y los sistemas fiscales; y el estudio de los sistemas de comunicación, transporte y distribución energética para elaborar la programación y el desarrollo de las obras y servicios públicos en general.

Realiza los estados parcelarios mediante los relevamientos en el terreno, la ubicación, medidas, linderos y superficie de los inmuebles, sus límites de acuerdo al título de propiedad o de la posesión ejercida y la valuación fiscal básica de la riqueza relevada.

Con el catastro hace una fuente de información sobre los bienes inmuebles, con sus características descriptivas físicas, la titularidad de los mismos, sus usos y su valor, sobre la cual se fundamenta el sistema fiscal. En tanto, con la mensura vincula los hechos existentes con el derecho para determinar, modificar o verificar el bien inmueble.

FUENTE: Conapea (Comisión Nacional Permanente de Estudiantes de Agrimensura)

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