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Horticultura

31/10/2019

Simplifican la operatoria para exportar cebollas

La Resoluci贸n 35/2019 actualiza la normativa para certificar la calidad y sanidad del producto y ahorra costos a productores y exportadores.
De esta forma se favorece la producci贸n y la exportaci贸n, con un marco de cumplimiento de normativas de aplicaci贸n espec铆fica.

A trav茅s de la聽Resoluci贸n 35/2019, vigente desde el 16 de septiembre 煤ltimo, actualiz贸 la normativa para certificar la calidad y sanidad de cebolla fresca, simplificando la operatoria sin descuidar el cumplimiento de las exigencias de los mercados.

La nueva medida permite a los exportadores optar por solicitar al Senasa la inspecci贸n para certificar la calidad y sanidad de la cebolla en zona de origen o en punto de salida, lo que le permite ahorrar tiempo y costos.

Para ello la Resoluci贸n 35/2019 abroga sus similares 42/1998 y 374/2000, ambas de la ex Secretar铆a de Agricultura, Ganader铆a, Pesca y Alimentaci贸n del entonces Ministerio de Econom铆a, y 1/2016 del entonces Ministerio de Agroindustria, en l铆nea con la finalidad de afianzar el proceso de desburocratizaci贸n y simplificaci贸n de los tr谩mites administrativos en la agricultura, seg煤n lo dispuesto, oportunamente, por la Resoluci贸n 381/2017.

La posibilidad de optar por certificar la mercader铆a en origen o en frontera se adapta a las necesidades de la cadena agroalimentaria y cumple con las obligaciones del Senasa como organismo de control, ajustando la tarea de sus inspectores a las exigencias de los mercados de exportaci贸n habituales y a destinos emergentes que pudieran surgir.

As铆 el Senasa cumple su responsabilidad de certificar aspectos de calidad armonizados en los est谩ndares espec铆ficos y de las exigencias fitosanitarias que los pa铆ses importadores fijan, de cumplimiento obligatorio.

La nueva Resoluci贸n, pone el acento en la trazabilidad del producto, registrando todo movimiento de la mercader铆a a trav茅s del Documento de Tr谩nsito Vegetal Electr贸nico (DTVe), v谩lido para el Senasa y para la AFIP, que reemplaza a la antigua Gu铆a de origen y el remito comercial, respectivamente. El DTVe permite registrar los movimientos desde producci贸n a empaque y desde este a exportaci贸n, con detalles de la carga y su identificaci贸n. Tambi茅n contempla el movimiento a otras figuras diferenciadas como mercados o minoristas, en caso de tratarse de consumo interno.

Asimismo los est谩ndares aplicados por el Senasa en su metodolog铆a de inspecci贸n, aseguran los aspectos de calidad, aunque no resulten mandatorios, y los asociados a la condici贸n fitosanitaria. Para este caso el sistema de emisi贸n del DTVe bloquea el movimiento de la cebolla de campo a punto de frontera sin antes ser procesada en un galp贸n de empaque habilitado por el Organismo.

Fuente: SENASA / MAGyP

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